El 7 de enero de 2026, el régimen talibán en Afganistán puso en vigor el nuevo código penal Talibán, firmado por Hibatullah Akhundzada y elevado a rango de “Ley de la Sharia”. No se trata únicamente de una reforma normativa: es la consolidación de un sistema donde cuestionar la ley religiosa puede significar la muerte.
No hubo parlamento, ni deliberación pública, ni participación femenina. En ese modelo político la democracia no existe y, aun si existiera, las mujeres no podrían votar ni opinar. La norma no surge del consenso, sino de la imposición.

Nuevo código penal Talibán, donde la violencia doméstica tiene penas mínimas
Uno de los aspectos más alarmantes del nuevo código penal Talibán es el tratamiento de la violencia doméstica.
Las agresiones de un marido contra su esposa pueden recibir penas de apenas días de prisión, siempre que las lesiones no alcancen ciertos umbrales físicos visibles como fracturas o marcas evidentes.
Traducido a la realidad: si no hay huesos rotos, el dolor es jurídicamente tolerable.
El problema no es solo la sanción reducida. Es la lógica que subyace: el estado civil de “esposa” se convierte en una categoría de subordinación jurídica. La violencia sin fractura deja de ser grave. La humillación no activa la protección del Estado.
Además, la carga probatoria recae en la mujer, dentro de un sistema judicial diseñado y controlado por quienes sostienen esa estructura de poder.
Cuando la ley pierde legitimidad moral
Desde la tradición del derecho natural —de Tomás de Aquino a Tomás Moro— existe una advertencia clara:
Lex iniusta non est lex
Una ley injusta no obliga en conciencia.
El derecho positivo describe lo que el poder ordena.
El derecho natural cuestiona si ese mandato respeta la dignidad humana.
El nuevo código penal Talibán no solo es controversial culturalmente; erosiona principios que anteceden a cualquier Estado: igualdad básica, integridad física y prohibición de tratos crueles.
No todo lo legal es legítimo.
No todo decreto merece obediencia moral.
Soberanía no es impunidad
Quienes invocan la soberanía normativa sostienen que cada sociedad organiza su sistema conforme a sus convicciones religiosas. Pero ningún ordenamiento puede convertirse en un mecanismo de impunidad estructural.
Cuando la ley deja de ser refugio y se convierte en amenaza, el poder punitivo deja de ser justicia y se transforma en dominación.
El nuevo código penal Talibán redefine el lugar de la mujer ante el Estado y dentro de la sociedad. Nombrarlo como una atrocidad jurídica no es exageración; es un mínimo ético.
