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Quintana Roo

Gobierno de Quintana Roo revoca la primera suspensión contra la “Ley Chaleco” para motociclistas

El Tribunal Colegiado respalda la obligatoriedad de medidas de seguridad para motociclistas, anulando el primer amparo provisional que exentaba el uso de chaleco y casco con número de placa.

Cancún, Quintana Roo.- En una decisión que reafirma la intención de las autoridades estatales de garantizar la seguridad vial, el gobierno de Quintana Roo logró revocar la primera suspensión otorgada a un motociclista en contra de la llamada “Ley Chaleco”. Esta normativa, contemplada en el artículo 218 bis de la Ley de Movilidad, obliga a los motociclistas a portar chaleco y casco con la placa de su vehículo claramente impresa, una medida que busca fortalecer la seguridad en las vías públicas.

El amparo provisional, inicialmente concedido al motociclista por el Juez Primero de Distrito el pasado 28 de octubre, había suspendido temporalmente la aplicación de esta disposición. Sin embargo, la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo estatal impugnó la decisión ante el Primer Tribunal Colegiado de Circuito, argumentando que el eximir a un motociclista de cumplir con esta normativa representa un riesgo para el interés público.

Según el recurso de queja presentado por el gobierno estatal, la suspensión de la “Ley Chaleco” en favor del demandante no solo compromete las medidas de seguridad pública, sino que también obstaculiza los esfuerzos estatales para reducir accidentes y mejorar el orden en la circulación de vehículos. La Consejería Jurídica señaló que la norma tiene como fin último la protección de la sociedad en general y que, de permitirse estas excepciones, la ley perdería efectividad en su aplicación.

“El otorgamiento de una suspensión como la solicitada va en contra del interés público, pues eximiría a la persona quejosa de las regulaciones de seguridad vial, lo cual afecta tanto a la sociedad como al Estado en su esfuerzo por implementar medidas que aseguren un tránsito seguro para todos”, destacó la autoridad estatal en su impugnación.

En el resolutivo número 331/2024, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito apoyó la posición del gobierno estatal, indicando que el Juez Primero de Distrito no debió otorgar la suspensión, ya que esta medida no sólo afecta la seguridad vial, sino que permite una circulación desregulada que impacta negativamente a la comunidad en general. Los magistrados del Tribunal señalaron que autorizar la circulación de motocicletas sin estas medidas precautorias resultaría en un perjuicio colectivo, al permitir una regulación ineficaz en el tránsito público.

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Tras la decisión del Tribunal, el Juez Primero de Distrito recibió instrucciones de dejar sin efecto la suspensión otorgada en el amparo 722/2024, reafirmando así la obligación de los motociclistas de adherirse a la normativa de la “Ley Chaleco”. Cabe destacar que este es uno de varios recursos que el gobierno de Quintana Roo ha presentado contra suspensiones provisionales obtenidas en meses recientes por otros motociclistas en un intento de evitar la aplicación de la ley.

Actualmente, aunque la “Ley Chaleco” sigue siendo normativa en el estado, no se está aplicando en ningún municipio, ya que el Congreso del Estado estableció un periodo de 60 días naturales para que los ayuntamientos adapten sus reglamentos de tránsito a la nueva disposición, plazo que ya ha expirado.

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