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Quintana Roo

Uber enfrenta restricciones pese a obtener un amparo en Quintana Roo

La operación de la plataforma estará sujeta a regulación según la Ley de Movilidad estatal

Aunque Uber consiguió un nuevo amparo en contra de la Ley de Movilidad de Quintana Roo, la empresa no podrá operar sin restricciones en la entidad. Esto fue determinado por el juez federal que otorgó la medida de protección, quien dejó claro que la plataforma estará sujeta a ciertas regulaciones establecidas por las autoridades estatales.

El 15 de noviembre, el Juzgado Quinto de Distrito en Cancún resolvió el juicio de amparo 530/2023-VII y su acumulado 802/2023, promovidos por Uber en oposición a las reformas publicadas en abril y diciembre de 2023, así como a las modificaciones del reglamento respectivo.

Definición del servicio como privado

El fallo judicial subrayó que los servicios ofrecidos a través de plataformas digitales, como Uber, son considerados de carácter privado. Por lo tanto, no pueden ser regulados bajo los mismos criterios que el transporte público.

El juez argumentó que las reformas a la Ley de Movilidad imponen “restricciones prohibitivas”, ya que exigen permisos específicos tanto para los conductores como para las empresas, permisos que deben ser emitidos por el Instituto de Movilidad estatal.

“La prohibición de actividades de transporte a través de plataformas tecnológicas no encuentra una justificación razonable, ya que el hecho de ser un servicio privado no implica un impacto negativo al orden público o al interés social”, explicó el juez en su resolución.

No obstante, también se estableció que el Congreso de Quintana Roo tiene la facultad de legislar sobre esta materia, aunque sin clasificar estos servicios como públicos ni imponerles requisitos desproporcionados.

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Alcance limitado del amparo

El amparo obtenido por Uber no significa que pueda operar sin regulación en el estado. Según la sentencia, corresponde a los legisladores locales definir los lineamientos bajo los cuales se permitirá la operación de servicios de transporte gestionados a través de plataformas digitales.

“El amparo concedido no permite a la empresa operar sin ningún tipo de regulación. Es responsabilidad del Congreso estatal establecer los mecanismos adecuados para garantizar que la actividad se realice en un marco normativo ordenado y seguro”, puntualizó la resolución.

Requisitos establecidos por la Ley de Movilidad

Actualmente, la Ley de Movilidad de Quintana Roo exige que los conductores y las plataformas cumplan con ciertas condiciones para operar. Entre ellas se encuentran:

  • La obtención de permisos emitidos por el Instituto de Movilidad.
  • El cumplimiento de tarifas, rutas y términos contractuales previamente establecidos.
  • La posesión de una póliza de seguro vehicular de cobertura amplia, válida tanto para pasajeros como para terceros.

En caso de incumplimiento, las empresas intermediarias, como Uber, serán responsables solidarias por cualquier irregularidad, como la falta de un seguro vigente.

El fallo reafirma que el servicio de transporte a través de aplicaciones digitales no puede ser prohibido, pero tampoco está exento de regulación. Esto refleja la necesidad de un equilibrio entre permitir la operación de modelos de negocio innovadores y garantizar la seguridad de los usuarios y el cumplimiento de las normas locales.

Uber deberá seguir las disposiciones que establezca el Congreso estatal, manteniéndose dentro de los marcos normativos aplicables en Quintana Roo.

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