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TEPJF sostiene obligación de partidos de postular a cinco mujeres a gubernaturas

El Tribunal Electoral, tras un proceso de deliberación, ha reafirmado que la paridad de género en las candidaturas políticas no es una opción, sino una obligación inquebrantable que no puede ser pospuesta ni eludida por las fuerzas políticas.

El proyecto presentado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, que buscaba eliminar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), excluyendo a Yucatán debido a su legislación local, y permitiendo que las otras ocho entidades tuvieran cuatro candidatos y cuatro candidatas, fue rechazado por la mayoría del pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En su propuesta, De la Mata celebró la paridad de género, pero expresó su preocupación por la creciente autoridad que el INE estaba adquiriendo sobre los congresos locales.

El magistrado proponía que la Ciudad de México, Chiapas, Morelos, Guanajuato, Jalisco, Tabasco, Veracruz y Yucatán tuvieran candidaturas paritarias con cuatro espacios para cada género, permitiendo que Yucatán mantuviera su legislación local que otorga libertad a los partidos para postular a hombres o mujeres en 2024, con la obligación de alternar géneros en 2030.

Sin embargo, las magistradas Janine Otálora y Mónica Soto, junto con el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, coincidieron en que la paridad de género no debe evaluarse en elecciones individuales, sino que debe aplicarse en todas las entidades para asegurar una representación igualitaria de las mujeres en todos los niveles.

La magistrada Janine Otálora argumentó que la paridad es una obligación y que la falta de regulación legislativa no debe ser un obstáculo para su cumplimiento. Afirmó que el INE y los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLEs) pueden regular este tema, y, en última instancia, la Sala Superior del Tribunal Electoral también puede intervenir. Otálora subrayó que Yucatán debe ser considerado como parte del universo en beneficio de la paridad, a pesar de su legislación local.

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Además, recordó que el único partido que impugnó el acuerdo del INE, Movimiento Ciudadano, fue el único que no cumplió con la orden de modificar sus documentos internos para garantizar la paridad en todas sus postulaciones.

La magistrada Mónica Soto argumentó que flexibilizar la paridad en 2024 y permitir que Yucatán posponga su implementación hasta 2030 podría abrir una brecha para que los partidos evadan la postulación de mujeres, similar a lo que ocurrió con las llamadas “juanitas”.

El magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón subrayó la importancia de cerrar el ciclo de renovación de los Ejecutivos de las 32 entidades de manera paritaria en las elecciones de 2024, después de los primeros criterios establecidos en 2021. Consideró indispensable mantener cinco espacios para mujeres y cuatro para hombres en todas las entidades.

Con esta sentencia, se confirma que el INE tiene la facultad para implementar regulaciones que garanticen espacios para las mujeres, lo que la magistrada Otálora describió como una evolución en los criterios de la Sala Superior. La magistrada Mónica Soto, a pesar de sus dudas iniciales, finalmente respaldó el análisis de Rodríguez Mondragón y Otálora, logrando una mayoría que mantiene cinco espacios para mujeres y cuatro para hombres en las nueve entidades, incluyendo Yucatán.

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