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Política

TEPJF alertó a Alejandro Moreno que extensión de mandato no podía implicar reelección

La estrategia de Alejandro Moreno, conocido como Alito, para aferrarse a la dirigencia del PRI contraviene las condiciones impuestas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para validar la extensión de su mandato hasta 2024. Dichas condiciones establecen que la ampliación no debe implicar una reelección ni una permanencia indefinida en el cargo.

El TEPJF emitió una sentencia el 26 de abril de 2023, en la cual se permitía a Alejandro Moreno extender su mandato por un año más al frente del PRI. Esta medida fue excepcional y tenía como objetivo evitar una carga adicional en la renovación de los órganos internos del partido, justo antes del inicio del proceso electoral federal. Similarmente, se aplicó una extensión a los partidos PAN y Morena. Sin embargo, la base de la sentencia era clara: la prórroga no debía interpretarse como una reelección.

La sentencia dictada por la Sala Superior del TEPJF establece que la modificación para conceder una prórroga lleva implícita la obligación del Consejo Político Nacional de continuar con los preparativos para los procesos electorales. Esto no debe interpretarse como una reelección ni una permanencia indefinida, ya que es un elemento temporal destinado a concluir con el proceso electoral presidencial.

Exdirigentes del PRI están preparando una impugnación para demostrar que los cambios de estatutos que permitirían la reelección de Moreno contravienen la advertencia expresa de la Sala Superior. Argumentan que Moreno utilizó la prórroga temporal para planear una reelección, lo cual estaba prohibido desde el año pasado.

El año pasado, Alejandro Moreno, con el respaldo del Consejo Político Nacional, cambió los estatutos para ampliar su mandato. Esta acción fue denunciada por figuras destacadas del PRI como Dulce María Sauri, Miguel Ángel Osorio Chong, Claudia Ruiz Massieu y Pedro Joaquín Coldwell, quienes señalaron que estos cambios fueron realizados de manera exprés y en beneficio exclusivo de Moreno.

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El INE coincidió en que estos cambios no se ajustaron al proceso establecido por los estatutos del partido y los anuló. No obstante, la Sala Superior del TEPJF validó la prórroga al aprobar una ampliación de un año, con el objetivo de permitir que el PRI, al igual que el PAN y Morena, se concentraran en su organización interna de cara a la elección presidencial.

Las cinco magistraturas que votaron a favor de la prórroga, con dos en contra, sostuvieron que se trataba de una medida excepcional debido al inicio del proceso electoral. Esta prórroga temporal no debía extenderse más allá del 2024 y no permitía la reelección de Moreno.

La sentencia de la Sala Superior enfatizó que la prórroga debía ser temporal y no implicaba reelección ni permanencia indefinida. La continuidad de la dirigencia se autorizó para enfrentar una situación particular y debía limitarse estrictamente al tiempo necesario para solventar dicha causa. Es decir, la prórroga no podía extenderse más allá de la renovación del órgano posterior al proceso electoral.

Las y los priistas, incluidos Dulce María Sauri, que han anunciado su intención de impugnar esta situación, deberán acudir primero al INE. La Dirección de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE determinará si los cambios son válidos. Luego, el caso podrá ser llevado a la Sala Superior para una resolución definitiva sobre si Alejandro Moreno puede o no alistar su reelección.

La renovación de la dirigencia del PRI en 2024 será crucial para el partido y su militancia, quienes exigen un proceso transparente y apegado a los principios democráticos. Las autoridades deberán analizar cuidadosamente los cambios aprobados para garantizar que se respeten los derechos de la militancia y se cumplan las condiciones establecidas por el TEPJF.

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