Política
Suprema Corte desestima impugnación a la reforma judicial y esta continuará en vigor
En una sesión marcada por un intenso debate, el Pleno de la SCJN decide no intervenir en la reciente reforma judicial, al no alcanzar la mayoría necesaria para invalidarla.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este miércoles desestimar las acciones de inconstitucionalidad promovidas por varios partidos políticos y una minoría legislativa contra la reforma judicial recientemente aprobada, lo que garantiza la permanencia de esta en todos sus términos. Durante la votación, que estuvo cargada de intercambios de opiniones y tensiones entre los ministros, el Pleno de la SCJN rechazó el proyecto propuesto por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que sugería declarar inválida la elección de jueces y magistrados bajo los términos de la reforma, mientras que apoyaba la elección para cargos electorales.
El fallo se dio debido a que no se logró la mayoría calificada de ocho votos, requisito necesario para invalidar los artículos impugnados. En este sentido, el ministro Alberto Pérez Dayán emitió un voto determinante en contra de la procedencia de la acción de inconstitucionalidad que presentaron el PAN, PRI y Movimiento Ciudadano. Según Pérez Dayán, estos partidos carecían de legitimidad para presentar la impugnación, defendiendo que solo podrían hacerlo en el ámbito electoral y no en normativas de carácter general como en este caso.
Antes de la votación, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena expuso un argumento basado en un precedente donde la Suprema Corte había aceptado que los partidos políticos poseen interés jurídico para impugnar procesos en los que no participan directamente. No obstante, solo siete ministros respaldaron la procedencia de las acciones de inconstitucionalidad para examinar la reforma.
En el grupo que apoyaba la revisión de la reforma se encontraban las ministras Norma Lucía Piña Hernández y Margarita Ríos Farjat, junto con los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Con esta decisión, el Pleno no abordó en detalle la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los artículos cuestionados de la reforma judicial, dejando estos temas intactos.
División de posturas entre los ministros
La jornada estuvo marcada por el posicionamiento del ministro Alberto Pérez Dayán, quien desde temprano anunció su voto en contra de la procedencia de las impugnaciones. Argumentó que permitir a los partidos políticos impugnar una reforma general era, en su opinión, como intentar contrarrestar “una insensatez con otra insensatez”. Pérez Dayán se mostró en desacuerdo con la idea de modificar el criterio para ampliar las facultades de los partidos en cuestiones que no pertenecen al ámbito electoral, como es el caso de esta reforma judicial.
En un intento por encontrar una solución, la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández propuso considerar que bastarían seis votos para invalidar la reforma judicial, dado lo señalado por la propia reforma y no por la norma anterior que requería ocho votos. No obstante, la propuesta fue rechazada por seis votos a cinco, ya que varios ministros argumentaron que esa mayoría reducida de seis votos únicamente aplicaría en un escenario donde el Pleno contara con nueve integrantes, y no con los once que actualmente lo componen.
En medio de este intercambio, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá abogó nuevamente por la autocontención del Pleno y solicitó que no se modificaran las normas de interpretación durante la sesión.
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