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Senado prohíbe uso de delfines en espectáculos en México

Alondra Por Alondra
24 junio, 2025
en Nacional
Senado prohibe uso de delfines en espectaculos en Mexico

Senado prohibe uso de delfines en espectaculos en Mexico

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El Senado prohíbe uso de delfines en espectáculos, una reforma histórica que prohíbe los espectáculos con delfines, focas, lobos marinos y otros mamíferos marinos en México, marcando un avance crucial en la defensa del bienestar animal. Esta medida ha generado reacciones positivas entre activistas, ambientalistas y sectores académicos dedicados a la conservación de la vida silvestre.

Prohibicion de reproduccion y aprovechamiento con fines de lucro de mamiferos marinos
Senado prohíbe uso de delfines en espectáculos.

¿Qué establece la reforma aprobada por el Senado de la República?

La legislación donde el Senado prohíbe uso de delfines en espectáculos, modifica diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre y establece que queda prohibida la exhibición de mamíferos marinos con fines de entretenimiento o lucro en todo el país.

Solo dos excepciones para la posesión de mamíferos marinos

Los únicos casos en los que se permitirá la tenencia de mamíferos marinos serán:

  • Centros de conservación y reproducción de especies.

  • Instituciones de investigación científica vinculadas a universidades o centros de educación superior con registro oficial.

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Prohibición de reproducción y aprovechamiento con fines de lucro

Uno de los puntos más relevantes de la reforma es que se prohíbe la reproducción de cetáceos y otros mamíferos marinos, a menos que se trate de las excepciones mencionadas. Además:

  • No se permitirá el uso con fines de lucro, ni siquiera si los animales forman parte de proyectos de reintroducción o repoblación.

  • Cualquier forma de aprovechamiento extractivo queda prohibida, salvo con fines científicos y de conservación debidamente justificados.

Cetáceos deberán vivir en corrales marinos

Para garantizar un mayor bienestar animal, la reforma establece que los cetáceos como delfines y ballenas no podrán mantenerse en tanques de concreto. En su lugar, deberán ser reubicados en:

  • Corrales marinos abiertos al mar.

  • En casos donde la geografía no lo permita, se podrán utilizar instalaciones abiertas con intercambio natural de agua mediante mareas o sistemas de bombeo.

Requisitos y plazos para los actuales propietarios

El decreto otorga un plazo de 18 meses a los actuales propietarios de cetáceos para cumplir con las nuevas disposiciones. Deberán:

  • Reubicar a los ejemplares en espacios adecuados: Corrales marinos o instalaciones con flujo natural de agua, según lo permita la geografía.
  • Entregar un inventario oficial al gobierno federal con: Nombre científico y común de cada animal, sexo y edad y documento que acredite su legal procedencia.

En caso de ejemplares nacidos en cautiverio: fecha de nacimiento, sistema y número de marca de sus progenitores.

¿Qué pasa durante el periodo de transición?

Durante este periodo de 18 meses, los actuales tenedores de mamíferos marinos podrán continuar con las actividades aprobadas en sus planes de manejo vigentes, pero no podrán reproducir a los ejemplares bajo ninguna circunstancia.

Debido a que se realizaron modificaciones al dictamen original, el proyecto de decreto deberá ser devuelto a la Cámara de Diputados para su revisión y eventual aprobación final. Solo después de este paso se podrá publicar en el Diario Oficial de la Federación y entrar oficialmente en vigor.







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