
de supervisión para el Gobierno de México y otras instituciones gubernamentales, reforzando
la identificación oficial y reduciendo el riesgo de fraudes de identidad.
Multas por no Tramitar la CURP Biométrica: ¿Quién Debe Cumplir y qué Sanciones Enfrentarán?
Las dependencias y autoridades que no cuenten con los sistemas de captura biométrica de
huellas dactilares y fotografía actualizada serán sujetas a las siguientes sanciones:
multas económicas, suspensión de trámites internos y apercibimiento público. El incumplimiento prolongado
puede derivar en procesos administrativos graves y responsabilidad en el manejo de datos personales.
Quienes incumplan enfrentarán multas de 10 000 a 20 000 UMAs, lo que corresponde a cerca de 1,131,400 y 2,262,800 pesos mexicanos. Del mismo modo, las entidades que den un uso inadecuado a los datos personales o biométricos de la población también serán sancionadas con estas mismas penalizaciones.
¿Qué es la CURP Biométrica y para qué servirá?
La CURP biométrica incorpora datos de huellas digitales y retrato facial al registro individual, con el objetivo
de fortalecer la identidad única de cada ciudadano. Esto servirá para mejorar la seguridad en trámites
oficiales, prevenir suplantaciones y facilitar el acceso a servicios públicos con mayor certeza de identidad.
¿A partir de cuándo y dónde se puede tramitar?
La CURP biométrica se convertirá en un documento obligatorio a partir de febrero de 2026, conforme a lo establecido por el Gobierno Federal. Su adopción se llevará a cabo de forma progresiva, a través de tres fases organizadas con base en factores logísticos y tecnológicos.
Primera etapa: fase piloto
Desde el 4 de julio de 2025, comenzó la prueba inicial en sedes seleccionadas del Registro Civil ubicadas en la Ciudad de México y el Estado de México, con el fin de evaluar el funcionamiento del sistema biométrico.
Segunda etapa: implementación nacional
Durante enero de 2026, se ampliará el servicio al resto del país. En esta fase, cualquier ciudadano podrá acudir a los módulos habilitados —como oficinas del Registro Civil o puntos de atención del RENAPO— para actualizar su CURP con datos biométricos.
Tercera etapa: uso obligatorio
Finalmente, a partir de febrero de 2026, este formato se exigirá como la única versión válida de CURP para trámites oficiales. La versión tradicional ya no será aceptada en procesos donde se requiera autenticación de identidad.
Requisitos:
- Acta de nacimiento certificada y actualizada
- Identificación oficial vigente
- CURP verificada ante Renapo
- Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses)
- Dirección de correo electrónico activo
Recomendaciones para casos de inconsistencias
Si detectas errores en tus datos biométricos o CURP tradicional, solicita la corrección en la
oficina donde realizaste el trámite. Conserva tu comprobante de cita y presenta documentación de
identidad vigente; en caso de demora, acude al Instituto Nacional de Transparencia para seguimiento.
Implicaciones para dependencias y autoridades
Las dependencias y autoridades deben revisar sus protocolos internos y capacitar a su personal
de atención para evitar sanciones. El Gobierno de México supervisará la realización de pruebas y
auditorías periódicas, garantizando así el correcto manejo de datos sensibles.
Multas por no Tramitar la CURP Biométrica: Pasos para evitar sanciones
- Instalar y certificar equipos de captura biométrica antes del vencimiento del plazo.
- Capacitar al personal en manejo de plataforma RENAPO y protección de datos.
- Realizar auditorías internas y simulacros de atención ciudadana.
- Reportar fallas técnicas de inmediato a la Coordinación Nacional de Registro de Población.