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Alerta: ¿Visitas domiciliarias del SAT por incumplimiento fiscal?

Luis Nuñez Por Luis Nuñez
20 junio, 2025
en Nacional
Fachada de las oficinas del SAT en México

Fachada del SAT, organismo responsable de supervisar el cumplimiento de obligaciones fiscales en el país.

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Los rumores acerca de las visitas domiciliarias del SAT han generado incertidumbre entre contribuyentes, circulando rumores de multas masivas, pero el SAT ya ha desmentido esta información, aclarando que se trata de facultades de comprobación selectivas y justificadas.

Razones de las visitas domiciliarias del SAT

El propósito principal de estas inspecciones es verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales en domiciliarios, establecimientos o locales manifestados ante la autoridad. Estas revisiones buscan corroborar registros contables, bienes y documentos, garantizando transparencia y combate a fraudes fiscales.

¿A quiénes afecta principalmente?

Aunque han circulado mensajes que afirman que el SAT está realizando visitas domiciliarias masivas para multar a personas por inconsistencias menores, incluyendo a jubilados, asalariados y pequeños contribuyentes, la realidad es distinta, aun que el SAT si tiene la facultad para realizar este tipo de acciones únicamente suele hacerlo en los siguientes casos:

  • Personas físicas con actividad empresarial, arrendamiento o en régimen de incorporación fiscal.
  • Personas morales que presentan omisiones en ingresos no reportados o deducciones improcedentes.
  • Contribuyentes con denuncias formales o alertas de operaciones con terceros relacionados.

No hay una campaña masiva para multar domicilios, cada visita se programa tras análisis de riesgo o inconsistencias detectadas en revisiones electrónicas previas.

Protocolo y derechos del contribuyente

Las visitas domiciliarias del SAT deben cumplir con estrictos protocolos:

  • Orden escrita y firmada por autoridad competente que detalle motivo y domicilio.
  • Identificación oficial de los inspectores y entrega de copia del acta parcial y final.
  • Derecho del contribuyente a nombrar testigos y acompañarse de un contador o abogado.
  • Horarios permitidos: días hábiles de 7:30 a 18:00 h.

Asimismo, el contribuyente puede presentar aclaraciones y recursos ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa en caso de discrepancias.

Circulando rumores y verdades

En redes se difundió que las visitas domiciliarias del SAT buscan multar automáticamente por errores menores. Este rumor no se sustenta:

  • ❌ “Multarán a todos por inconsistencias menores sin previo aviso.”
  • ✅ Solo se actúa caso por caso, tras alertas fiscales o auditorías electrónicas.
  • ❌ “Jubilados y pensionados también serán visitados masivamente.”
  • ✅ Solo si tienen ingresos adicionales o irregularidades en facturación.

Con ello, se pretende evitar la desinformación y fomentar el cumplimiento voluntario.

¿Qué hacer si recibes una visita domiciliaria del SAT?

Ante la notificación de una inspección domiciliaria, debes:

  • Verificar la orden y la identificación oficial de los inspectores.
  • Exigir la Carta de Derechos del Contribuyente Auditado.
  • Revisar y acompañar la verificación de documentos.
  • Solicitar copia del acta parcial y final.
  • Recurrir a asesoría profesional para responder observaciones.

Estos pasos garantizan tus derechos y evitan sanciones innecesarias.

Aunque los mensajes alarmistas hablaban de visitas domiciliarias masivas, el SAT ya ha desmentido esta información y aclaró que cada inspección responde a criterios de riesgo fiscal.

Por tanto, las visitas domiciliarias del SAT son un mecanismo legítimo para supervisar obligaciones y combatir fraudes, mas no un operativo indiscriminado contra todos los contribuyentes.







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